TU ABOGADO DE FAMILIA TE AYUDARÁ CON LA PENSIÓN ALIMENTICIA

pension alimenticia

23/08/2018

Las pensiones de alimentos son uno de los aspectos más trabajados por un abogado de familia. Por eso, intentaremos explicar brevemente los aspectos fundamentales de estas pensiones.

Pensión de alimentos

La pensión de alimentos es aquella que debe abonarse a un familiar que no dispone de otro medio de subsistencia. Lo más frecuente es que se pacten o impongan en supuestos de separación o divorcio.

Regulación

Estas pensiones se regulan en los artículos 142 y siguientes del Código Civil. Habitualmente se fijan en Sentencia o en convenio regulador.

Cuantía

Aunque la cuantía de estas pensiones depende de las circunstancias que concurran en cada caso, el Código Civil sí estipula qué conceptos deben cubrir. Estos son:

A efectos indicativos, la página web del Consejo General del Poder Judicial incluye una calculadora que solemos utilizar los abogados de familia antes de nuestras negociaciones y demandas. Esta calculadora tiene en consideración:

Duración de la prestación

La duración de la pensión es el aspecto que más consultas genera en los despachos de abogados. Esta puede estar fijada en convenio o por la Sentencia. Pero en caso contrario se debe tener en cuenta:

1. En ningún caso podrá dejar de pagarse una pensión alimenticia a menores. Si las circunstancias fuerzan a ello, sin embargo, podrá reducirse la cuantía o suspenderse el abono, pero no extinguir la pensión.

2. No necesariamente se extingue la pensión al alcanzar el alimentista la mayoría de edad. Si el hijo mayor de edad siguiera necesitando la pensión, el alimentante tendría que proceder judicialmente para extinguirla.

Apoyo de especialistas

Dado que la pensión no puede dejar de pagarse cuando uno considera, las cuestiones controvertidas deben consultarse con un abogado de familia.